RECORDACIÓN FLORIDA 31 llenas de crueldad y rigor, y mucho mayor contem- plando que el miserable reo no tenía el recurso de la apelación al Rey, si no escapaba huyendo, sino que, requerido por la parte ante el juez, había de morir o ser atormentado, porque si negaba era crue- lísimamente atormentado, despojándole de todas sus vestiduras, y colgado de los dedos pulgares le azota- ban asperísimamente, sahumándole con cantidad de chile, y confesando la culpa, salía de allí para el su- plicio, a que le condenaba la ley, correspondiente a su delito. Siendo así las leyes, como lo irremisible de ellas, igual y correspondiente en todos los tres reinos del Quiché, Cachiquel y Sotojil, bien que más ri- gurosas y exactas en lo de la Verapaz;'* aunque en su sentido iguales a éstas; a que se agregaban otras mu- nicipales de las provincias, según los establecimientos de la costumbre, inclinaciones o vicios comunes de los provinciales, en que tampoco, no procedían muy lejos de la razón natural, porque proporcionaban las penas a la gravedad de las culpas. Y en fin, aun- que excediesen en el rigor; se conoce que procuraban que no hubiese delitos en sus repúblicas. Y aunque es verdad, que hubo entre los de esta nación algunas generaciones muy incultas y de espe- cie de salvajes, que habitaban en los islotes de los la- gos, montañas y partes cavernosas de las selvas y pá- ramos incultos, como hoy las hay entre los no con- quistados, con especialidad entre las naciones del X1- caque, Boruca, Coralies, Talamancas, los faos, tam- panes, albalasnas, y otras muchas naciones que en este reino están sin sujetar, y expresaremos en la segunda y tercera partes; siendo éstos, por natural propensión suya a la caza y pesquerías, de que sin duda se sus- tentaban, teniendo también ranchos aunque peque- 13 Torquemada—?2 p.—Cap. 10 en adelante del Lib. 12 — — dl as s — li ia p — 2 U